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05 septiembre, 2008

Correa: Totalitarismo con pies de Barro


CORREA: Totalitarismo con pies de Barro

Por Carlos Polo

Estuve en Ecuador y lo que viene sucediendo es vergonzoso. El Presidente Rafael Correa viene usando de todos los recursos del Estado para llevar a cabo un proyecto que le permita concentrar sobre sí todo el poder en ese país. Sin embargo este egocentrismo podría ser su talón de Aquiles
Dos amplios triunfos electorales, el primero que le dio la presidencia y el segundo que eligió a los miembros de la Asamblea, habrían dado a Correa una sobredosis de personalismo. Con ese ánimo ahora va por más, en pos de la instalación de una legalidad para sus planes. Una leal mayoría en la Asamblea Constituyente perteneciente a su partido, Acuerdo País, redactó un proyecto de Constitución hecho a la medida de la personalidad de Correa: llena de imprecisiones, exabruptos y adicta a la figura presidencial. De modo que el referéndum no será solamente un asunto de aceptar un texto en la Constitución, se trata también de la instalación de una figura presidencial versión ecuatoriana del 'Gran Hermano' de la novela 1984 de George Orwell.
Nueve meses de un ardoroso y desigual debate al interior de la Asamblea alumbró un texto final de Constitución que abriría las puertas al aborto, las uniones homosexuales, la ideología de género, la despenalización del uso de drogas y muchas otras fórmulas de destrucción de la cultura cristiana de la nación ecuatoriana. Una veintena de asambleístas de Acuerdo País hicieron suyo todo el discurso del feminismo radical muy afín a su raigambre izquierdista y evitaron a toda costa que en el artículo 1 referido al derecho a la vida se eliminara la frase 'desde la concepción' de la Constitución vigente. Ignoraron la protesta popular expresada en dos marchas multitudinarias y 800,00 firmas que exigían esa especificación. Por el contrario, incluyeron los polémicos (e inventados) derechos sexuales y reproductivos.
A finales de Setiembre se decidirá su aprobación por un referéndum, un 'sí o no' apetecible para quien actualmente está en capacidad manipular a un pueblo sencillo y pobre. Correa no ignora esa fragilidad y viene inundando el país de promesas y 'regalos' a una población que en su mayoría trata de sobrevivir y vive frustrado por la desatención y falta de oportunidades.

Manipulando las reglas de juego

Correa está abusando de la función presidencial convirtiéndose a sí mismo en el mayor promotor público del 'Sí'. Pero eso no le basta pues se encuentra lejos de repetir un triunfo claro nuevamente.
Para este referéndum también se preocupó de tener el control de las reglas de juego tal como sucediera para la elección de los miembros de la Asamblea. En esa ocasión pidió requisitos mínimos de inscripción como lista para atomizar a la oposición y sólo permitió publicidad en el canal estatal para minimizar el efecto de recordación de candidatos. Ahora ha nombrado a dedo a los miembros del Tribunal Supremo Electoral que han establecido controles rigurosos para cualquier organización que quiera hacer propaganda electoral. Por supuesto todos esos controles son aplicados a toda la oposición. Incluso el registro posibilita a que Correa desate una persecución a quien se le oponga. Mientras el Presidente, ministros y demás funcionarios públicos están permitidos de todo. Pancartas con la foto del Presidente pidiendo el voto en los colegios estatales o eventos donde bailarinas en bikini bailando reggaeton sexualmente explícito con niños claramente menores de 8 años, por citar sólo un par de ejemplos.
Correa no la tiene fácil. Para ganar el referéndum y aprobarse este proyecto de Constitución se necesita el 50% de votos emitidos más uno marcados por el Sí. Si los votos por el NO más los votos en blanco y nulos son mayoría, entonces regiría la Constitución anterior. Correa vería frustrado su proyecto de estar 10 años en el poder pues este proyecto de Constitución le permitiría ser reelegido el 2010 y ser re-reelegido para quedarse hasta el 2017.
Aunque las diferentes encuestas otorgan al SI un 50% de votos, Correa está lejos de estar en buena posición. Algunos analistas precisan que Correa necesita ganar por un amplio margen o su gobierno empezará una pendiente de desgaste político y perderá estabilidad en poco tiempo. Más aún cuando su estrategia ha sido agudizar viejos odios y diferencias entre sectores sociales polarizando al país. Casi 25% se ha convertido una oposición radical al gobierno. Es importante señalar que el 25% que figura en las encuestas como voto indeciso no son aquellos que están entre dos posiciones. De hecho sólo hay una campaña, la de Correa. El indeciso es aquel a quien Correa no convence, quien lo ve con recelo y quien teme decir abiertamente que vota por el no.

Pan y circo

Correa tiene muchas similitudes con su amigo y camarada Hugo Chavez. Algunos de estas similitudes son fortuitas (ambos disfrutan los altos precios del petróleo) y otras son muy deliberadas (el discurso anti Estados Unidos, violación de la libertad de expresión y expropiación de medios de comunicación, concentración del poder en su persona y represión brutal ante cualquier signo de oposición). En Julio pasado, Correa tomó algunos medios, una fábrica azucarera y una docena de compañías del grupo Isaías. Esta medida se interpretó como una clara advertencia a los demás propietarios de medios de comunicación en vistas al referéndum y nadie creyó en la versión oficial sobre una supuesta deuda fiscal.
En las 3 últimas semanas de Agosto, Correa ha avanzado algo más de 5% disminuyendo el grupo de indecisos. Tiene el dinero del gobierno y un staff de funcionarios públicos recorriendo el país. Sus esfuerzos se han concentrado en erigirse como el redentor de los pobres y buscar el revanchismo en contra de los 'pelucones', un término local despectivo para referirse a la gente adinerada que Correa ha popularizado. Están alquilando casas particulares y contratando gente para hacer propaganda. El mensaje es una larga lista de promesas que solamente serán realidad si gana el referéndum como reducir las tarifas de electricidad, condonar deudas por agua, construcción de puentes o carreteras, etc.
Correa es un presidente con discurso de candidato. Promete lo que podría cumplir en el presente sin necesidad de una Constitución nueva. Reniega de una situación económica como si no fuera él quien tiene la responsabilidad actual de cambiarla. Ya va para dos años de gobierno y todavía sigue culpando a otros para esconder su ineficiencia. Por ahora regala y promete a los pobres y atemoriza a sus oponentes. Con eso viene controlando la situación. Pero eso no dura para siempre.
Eso son los pies de barro de su fuerza política. Algunas encuestadoras han medido las razones para el voto. 80% de la gente que vota por el SI no da otras razones que los slogans de campaña de Correa. La Constitución está fuera de sus consideraciones y quizás de su real interés. En esta medición se le pidió a estas personas que dijeran 5 ideas contenidas en la Constitución y ninguna pudo dar una respuesta aceptable. Es por esto que muchos piensan que la fuerza de Correa hoy será su debilidad en el mediano plazo, repitiendo la misma historia de muchos dictadores latinoamericanos que tras algunos años de abuso de poder, caen repentina y estrepitosamente.
Por supuesto, Correa tiene pensado en un rush final para el referéndum. Ya sabe como contrarrestar la mala situación económica y la subida de precios que le juega en contra. Circula un fuerte rumor de un contingente de un millón de refrigeradoras que regalaría como cierre de campaña.
Fuentes confiables que por razones obvias no quieren ser identificadas nos contaron que algunos empresarios del rubro importador de alimentos básicos han sido invitados a reuniones privadas con gente de Correa. En ellas fueron requeridos a bajar en 25% sus precios en los días previos al referéndum. Y se aclaró que no se trataba de una negociación. Como persuasión para acatar esta 'directiva' les recitaron algunos datos financieros y comerciales muy confidenciales de sus respectivas empresas.

Con fe y con coraje

La Iglesia Católica se ha convertido en la principal fuerza opositora de Correa. Y las Iglesias le han dado respaldo público en los cuestionamientos al proyecto de Constitución. Durante los debates de la Asamblea, Correa prometió (ahora sabemos que falsamente) incluir los puntos que presentaba la Iglesia Católica fundamentalmente en el respeto del derecho a la vida desde la concepción, el cuestionamiento a la promoción de uniones homosexuales con los mismos derechos de un matrimonio entre hombre y mujer, la no suplantación del Estado sobre los derechos de los padres en la educación de sus hijos y la libertad religiosa.
Al final Correa mostró su verdadero rostro: ataques, intimidación y profanación de templos. Parte de su campaña es un spot televisivo donde pretende mostrar a Monseñor Antonio Arregui, Presidente de la Conferencia Episcopal Ecuatoriana, como un mentiroso e incita a los católicos a no seguir las opiniones de la Iglesia.
Su objetivo es romper la moral y la unidad de la Iglesia. Pero nada está más lejos de la verdad. El pueblo fiel, Obispos, sacerdotes y laicos, no se amilana ni se rinde ante ningún poder humano, todo lo contrario.
El 14 de Setiembre, dos semanas antes del referendum, no se celebrará misa en ninguna parroquia de Guayaquil. En su reemplazo a mediodía habrá 4 grandes misas de campaña en sitios céntricos de la ciudad, en la fiesta de la Exaltación de la Cruz, y allí se pedirá por la paz, por la Vida y por la Familia.


Carlos Polo es Director de la Oficina para América Latina del Population Research Institute

www.lapop.org

04 septiembre, 2008

Luz para que otros puedan despertar

Los jóvenes ecuatorianos han despertado después de un gran dormir. Se ha dado inicio, en la ciudad de Guayaquil, este despertar tan importante y característico para la historia como para el pueblo ecuatoriano. Una llama se ha encendido en las almas de los jóvenes guayaquileños, una llama que ha sido tan esperada y necesitada.

Contamos con el gran ejemplo dado por los jóvenes venezolanos, los cuales se enfrentaron sin bajar en ningún momento sus cabezas ante el tirano, y sin posibilidades alguna de victoria perseveraron con inteligencia en su lucha y consiguieron lo que tanto anhelaban.


Estos jóvenes comenzaron como un simple puñado de estudiantes idealistas que decidieron de una vez por todas no seguir tolerando el totalitarismo. No dejarse aplastar por el gran poderío del régimen y hacer escuchar su voz fueron los ideales para su nacimiento, estos fueron evolucionando y asimilaron otros de gran importancia como la unión y la perseverancia, los cuales fueron escenciales para su tan esperada victoria.

Primero, es el alto en firme por parte de los estudiantes ante los actos de represión de que son victimas, ya que su juventud mas los ideales impregados en ellos los hace un peligro en potencia que deben según el tirano de turno, ser sofocados, amedrentados, perseguidos o por último eliminados. En nuestro país ya vivimos este muy importante paso, el Despertar.

Superado ese gran primer paso y encendida la llama de no dejarse aplastar como se lo intenta hacer, viene uno de gran importancia y quizá escencial. Los jóvenes tienen que sostener esa llama encendida y mantener la calma para que ese gigante sin limites no los elimine en su reciente surgimiento y poder armar una resistencia que consiste en paciencia, sacrificio e inteligencia.

La resistencia de jóvenes ecuatorianos tiene que surgir. Ante el visible poder ilimitado es la única formula posible de reducir los gigantes niveles de autoritarismo que se vive y que se vivirán con mas intensidad en el futuro del país. Tiene que ser una resistencia clandestina, donde el gigante no vea quien es el causante de los desmanes a sus ideales, sucumbiendo ante el temor de lo desconocido errará y cantaremos victoria.

El tiempo dirá que la resistencia con ideales magnánimos, inteligencia superior, paciencia incalculable y sacrificios inigualables, darán luz para que otros puedan despertar y sean capaces de unirse a la causa común. LUCHAR POR LA LIBERTAD.


JJO

Oferta del Proyecto de Asamblea no requieren una Nueva Constitucion

Este análisis me llego hoy, es muy directo y claro. Las “bondades” de la nueva constitución no son tales. Ya existen en la actual. Cuál es la verdadera intención del gobierno?

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Dr. Augusto Tandazo Borrero

ANALISTA JURÍDICO

LAS OFERTAS QUE CONSTAN EN EL PROYECTO DE

CONSTITUCIÓN POLÍTICA ELABORADO POR LA ASAMBLEA CONSTITUYENTE NO REQUIEREN DE UNA NUEVA CONSTITUCIÓN Y EL GOBIERNO NO LOS HA IMPLEMENTADO EN 20 MESES DE GOBIERNO

Todo lo que se enumera a continuación, bien pudo el gobierno nacional implementarlo, pero no lo ha hecho, siendo que no existe norma constitucional que se lo prohíba.

Lo demostraremos a continuación, analizando los artículos del Proyecto de Constitución que se detallan según las diferentes materias.

EDUCACIÓN

El artículo 348 del Proyecto dice que la educación pública será gratuita y el Estado la financiará de manera oportuna, regular y suficiente; y, que el Estado financiará la educación especial. Estuvo en sus manos hacerlo desde el 15 de enero del 2007 y no lo hizo.

El artículo 356 del Proyecto dice que la educación superior será gratuita hasta el tercer nivel; y, que el Estado garantizará el financiamiento de las instituciones públicas de educación superior. Igual que lo anterior.

El artículo 66 del Proyecto dice que el Estado reconoce y garantiza el derecho a la integridad personal, que incluye una vida libre de violencia en el ámbito público y privado; y, el artículo 347 del Proyecto dice que será responsabilidad del Estado erradicar todas las formas de violencia en el sistema educativo.

Hacerse presente en la Universidad Católica de Guayaquil, como lo hizo el Presidente acompañado de partidarios y guardaespaldas y sugerir a los asistentes que los 400 estudiantes resuelvan el problema frente a los 50 opositores, a más de que la represión se hizo lanzando gas pimienta a los que manifestaban en contrario, es una muestra de que lo que se predica en la nueva Constitución difiere de los que se practica.

SALUD

El artículo 32 de Proyecto dice que la salud es un derecho que garantiza el Estado, mediante políticas económicas, sociales, culturales, educativas y ambientales; y el acceso permanente, oportuno y sin exclusión a programas, acciones y servicios de promoción y atención integral de salud, salud sexual y salud reproductiva. ¿Por qué no se lo ha implementado desde el 15 de enero del 2007?

El artículo 35 del Proyecto dice que las personas adultas mayores, niñas, niños y adolescentes, mujeres embarazadas, personas con discapacidad, personas privadas de libertad y quienes adolezcan de enfermedades catastróficas o de alta complejidad, recibirán atención prioritaria y especializada en los ámbitos público y privado. La misma atención prioritaria recibirán las personas en situación de riesgo, las víctimas de violencia doméstica y sexual, maltrato infantil, desastres naturales o antropogénicos. El Estado prestará especial protección a las personas en condición de doble vulnerabilidad. Igual que el anterior ¿Por qué no se lo ha puesto en práctica, si solamente depende de la voluntad del Presidente?

El artículo 50 del Proyecto dice que el Estado garantizará a toda persona que sufra de enfermedades catastróficas o de alta complejidad el derecho a la atención especializada y gratuita en todos los niveles, de manera oportuna y preferente. Lo mismo que lo señalado anteriormente.

El artículo 362 del Proyecto dice que los servicios públicos estatales de salud serán universales y gratuitos en todos los niveles de atención y comprenderán los procedimientos de diagnóstico, tratamiento, medicamentos y rehabilitación necesarios; y, el artículo 366 del Proyecto dice que el financiamiento público en salud será oportuno, regular y suficiente, y deberá provenir de fuentes permanentes del Presupuesto General del Estado. Entonces: ¿Por qué no se lo hizo constar en el Presupuesto del 2008 y solucionado el problema?

EL TRABAJO EN LA FUNCIÓN PÚBLICA

El artículo 61 del Proyecto dice que los ecuatorianos gozarán de, entre otros, los siguientes el derecho a desempeñar empleos y funciones públicas con base en méritos y capacidades, y en un sistema de selección y designación transparente, incluyente, equitativo, pluralista y democrático, que garantice su participación, con criterios de equidad y paridad de género, igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad y participación intergeneracional. ¿Acaso en este gobierno se han hecho concursos serios y abiertos para el ingreso a la Función Pública?

VIVIENDA

El artículo 30 del Proyecto dice que las personas tienen derecho a un hábitat seguro y saludable, y a una vivienda adecuada y digna, con independencia de su situación social y económica. Esto no es verdad, porque la calidad de la vivienda siempre estará en función de las mensualidades que se tendrá que pagar por un crédito. Esto es pura demagogia.

El artículo 375 del Proyecto dice que el Estado, en todos sus niveles de gobierno, garantizará el derecho al hábitat y a la vivienda digna, para lo cual elaborará, implementará y evaluará políticas, planes y programas de hábitat y de acceso universal a la vivienda; desarrollará planes y programas de financiamiento para vivienda de interés social, a través de la banca pública y de las instituciones de finanzas populares; y, mejorará la vivienda precaria, dotará de albergues, espacios públicos y áreas verdes, y promoverá el alquiler en régimen especial. Si de lo que se trata es nada más de implementar políticas, planes y programas, ¿Por qué este gobierno no lo ha hecho desde el 15 de enero del 2007? ¿Acaso no está fresco ele ofrecimiento de la campaña de construir decenas de miles de viviendas y el gobierno no lo ha hecho?

EL ACCESO A LA JUSTICIA SERÍA GRATIS

El artículo 75 del Proyecto dice que toda persona tiene derecho al acceso gratuito a la justicia. Si es así de fácil ¿Por qué no lo han hecho, si no se precisa de una nueva Constitución para hacerlo?

LA SEGURIDAD SOCIAL

El artículo 370 del Proyecto dice que el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, entidad autónoma regulada por la ley, será responsable de la prestación de las contingencias del seguro universal obligatorio a sus afiliados. Lo que no se dice que en el Proyecto de nueva Constitución ya no consta que el IESS es un organismo integrado tripartita y paritariamente por representantes de los asegurados, empleadores y el Estado. Por lo tanto, lo administrará únicamente el Estado y en ello hay un riesgo enorme de que pueda quebrar afectando a los asegurados. De ello no se han percatado los afiliados y jubilados.

LOS ADULTOS MAYORES (QUE HAN CUMPLIDO 65 AÑOS O MÁS)

El artículo 37 del Proyecto dice que el Estado garantizará a las personas adultas mayores el derechos a la atención gratuita y especializada de salud, así como el acceso gratuito a medicinas, a un trabajo remunerado, en función de sus capacidades, para lo cual tomará en cuenta sus limitaciones, a las rebajas en los servicios públicos y en servicios privados de transporte y espectáculos, al acceso a una vivienda que asegure una vida digna, con respeto a su opinión y consentimiento. ¿Nada ni nadie le ha impedido al Presidente desde el 15 de enero del 2007, ejecutar estos derechos?

En particular, el Estado tomará medidas de atención en centros especializados que garanticen su nutrición, salud, educación y cuidado diario, en un marco de protección integral de derechos. Se crearán centros de acogida para albergar a quienes no puedan ser atendidos por sus familiares o quienes carezcan de un lugar donde residir de forma permanente. ¿Por qué no se han creado estos albergues si no existe norma que se lo prohíba?

Luego se dice que el Estado ejecutará políticas destinadas a fomentar la participación y el trabajo de las personas adultas mayores en entidades públicas y privadas para que contribuyan con su experiencia, y desarrollará programas de capacitación laboral, en función de su vocación y sus aspiraciones. Esto no es cierto, porque para los adultos mayores lo único que tienen como horizonte en este gobierno es su retiro de la actividad laboral.

También se dice que el Estado desarrollará programas destinados a fomentar la realización de actividades recreativas y espirituales. Ello depende nada más de una orden a sus subalternos para que implementen estas acciones, por lo que no se entiende ¿Por qué no se lo hecho si nada se lo impide?

ACERCA DE LOS NIÑOS Y LOS ADOLESCENTES

El artículo 46 del Proyecto dice que el Estado adoptará, entre otras, las siguientes medidas que aseguren a las niñas, niños y adolescentes, atención a menores de seis años, que garantice su nutrición, salud, educación y cuidado diario en un marco de protección integral de sus derechos; protección especial contra cualquier tipo de explotación laboral o económica. ¿La Constitución actual no prohíbe el que se adopten estas medidas? Entonces, si es así de fácil, ¿Por qué no se lo ha implementado?

Se prohíbe el trabajo de menores de quince años, y se implementarán políticas de erradicación progresiva del trabajo infantil y que no se podrá conculcar su derecho a la educación. ¿Desde el 15 de enero del 2007, ¿Cuáles han sido las políticas que se han puesto en práctica para erradicar el trabajo infantil, si cada día las calles están más llenas de niños disfrazando su mendicidad haciendo malabares a cambio de unas monedas?

ACERCA DE LOS JÓVENES

El artículo 39 del Proyecto dice que el Estado les garantizará a los jóvenes la educación, salud, vivienda, recreación, deporte, tiempo libre, libertad de expresión y asociación y que fomentará su incorporación al trabajo en condiciones justas y dignas, con énfasis en la capacitación, la garantía de acceso al primer empleo y la promoción de sus habilidades de emprendimiento. Ello es un buen gancho para atraer a los jóvenes, pero la pregunta del millón: ¿Qué le ha impedido al gobierno cumplir con estas metas idílicas o es que poniendo en vigencia otra Constitución, como por arte de magia, todo ello va a aparecer de la noche a la mañana?

PERSONAS CON DISCAPACIDAD

El artículo 47 del Proyecto dice que se reconoce a las personas con discapacidad, los derechos a la atención especializada en las entidades públicas y privadas que presten servicios de salud para sus necesidades específicas, que incluirá la provisión de medicamentos de forma gratuita, en particular para aquellas personas que requieran tratamiento de por vida; rebajas en los servicios públicos y en servicios privados de transporte y espectáculos; y, el trabajo en condiciones de igualdad de oportunidades, que fomente sus capacidades y potencialidades, a través de políticas que permitan su incorporación en entidades públicas y privadas. ¿Por qué no se lo ha implementado?

Además, se les reconoce el derecho a una vivienda adecuada, con facilidades de acceso y condiciones necesarias para atender su discapacidad y para procurar el mayor grado de autonomía en su vida cotidiana. Para hacerlo no se requiere de una nueva Constitución, pero ni en un país enormemente rico se podría cumplir con este propósito.

También se dice que las personas con discapacidad que no puedan ser atendidas por sus familiares durante el día, o que no tengan donde residir de forma permanente, dispondrán de centros de acogida para su albergue. ¿Si solamente se trata de implementar albergues por qué no se lo ha dispuesto desde el 15 de enero del 2007?

También se dice que los establecimientos educativos cumplirán normas de accesibilidad para personas con discapacidad e implementarán un sistema de becas que responda a las condiciones económicas de este grupo. Los establecimientos dependen del Ejecutivo. Nada más orden que ello se atienda.

En el artículo 48 se dice que el Estado adoptará a favor de las personas con discapacidad medidas que aseguren, la inclusión social, mediante planes y programas estatales y privados coordinados, que fomenten su participación política, social, cultural, educativa y económica; además de la obtención de becas de estudio en todos los niveles de educación; y, el desarrollo de programas y políticas dirigidas a fomentar su esparcimiento y descanso. Igualmente ordénenlo y punto. Para ello no se precisa de una nueva Constitución.

SOBRE LOS BIENES Y SERVICIOS QUE SE C0NSUMEN

El artículo 52 del Proyecto dice que las personas tienen derecho a disponer de bienes y servicios de óptima calidad y a elegirlos con libertad, así como a una información precisa y no engañosa sobre su contenido y características, que la ley establecerá los mecanismos de control de calidad y los procedimientos de defensa de las consumidoras y consumidores; y las sanciones por vulneración de estos derechos, la reparación e indemnización por deficiencias, daños o mala calidad de bienes y servicios, y por la interrupción de los servicios públicos que no fuera ocasionada por caso fortuito o fuerza mayor. Si se dice que para ello solamente se precisa de una ley, ¿Por qué no utilizaron los Mandatos para implementarlo y todo estaba solucionado?

CULTURA FÍSICA Y TIEMPO LIBRE

El artículo 381 del Proyecto dice que el Estado protegerá, promoverá y coordinará la cultura física que comprende el deporte, la educación física y la recreación, como actividades que contribuyen a la salud, formación y desarrollo integral de las personas; impulsará el acceso masivo al deporte y a las actividades deportivas a nivel formativo, barrial y parroquial; y, que el Estado garantizará los recursos y la infraestructura necesaria para estas actividades. No se requiere de una norma constitucional para ello. Nada más ordenen al Ministerio de Educación que se lo implemente.

DERECHOS A LA FELICIDAD

Por si acaso algo pueda faltar, el artículo 66 del Proyecto dice que se reconoce y garantizará a las personas el derecho a una vida digna, que asegure la salud, alimentación y nutrición, agua potable, vivienda, saneamiento ambiental, educación, trabajo, empleo, descanso y ocio, cultura física, vestido, seguridad social y otros servicios sociales necesarios. Con esto el ecuatoriano ya puede regresar el paraíso del cual fue expulsado por culpa de Adán y Eva, solamente con aprobar el texto del Proyecto de nueva Constitución. Esto es otra tomadura del pelo.

MUJERES EMBARAZADAS

El artículo 43 del Proyecto dice que el Estado garantizará a las mujeres embarazadas y en periodo de lactancia los derechos no ser discriminadas por su embarazo en los ámbitos educativo, social y laboral; además de la gratuidad de los servicios de salud materna; la protección prioritaria y cuidado de su salud integral y de su vida durante el embarazo, parto y posparto; y, a disponer de las facilidades necesarias para su recuperación después del embarazo y durante el periodo de lactancia. ¿Por qué no se dispuso en ese sentido a los Ministerios de Educación y de Salud y asunto concluido?

El artículo 363 del Proyecto dice que el Estado será responsable de asegurar acciones y servicios de salud sexual y de salud reproductiva, y garantizar la salud integral y la vida de las mujeres, en especial durante el embarazo, parto y postparto; y, garantizar la disponibilidad y acceso a medicamentos de calidad, seguros y eficaces, regular su comercialización y promover la producción nacional y la utilización de medicamentos genéricos que respondan a las necesidades epidemiológicas de la población. Igual comentario que sobre el párrafo anterior.

LA DESTRUCCIÓN DEL CONCEPTO DE FAMILIA

El artículo 67 del Proyecto dice que se reconoce la familia en sus diversos tipos.

Que el matrimonio es la unión entre hombre y mujer.

Y, el artículo 68 del Proyecto dice que la unión estable y monogámica entre dos personas libres de vínculo matrimonial forman un hogar de hecho, y que, generará los mismos derechos y obligaciones que tienen las familias constituidas mediante matrimonio.

Por lo tanto, los homosexuales tendrán el derecho constitucional de formar “hogares de hecho” y, además, de constituir una familia.

EL TEMA DEL ABORTO

El artículo 45 del Proyecto dice que el Estado reconocerá y garantizará la vida, incluido el cuidado y protección desde la concepción. Pero el artículo 66 reconoce y garantiza a las personas el derecho a tomar decisiones libres, informadas, voluntarias y responsables sobre su sexualidad, y su vida y orientación sexual; y, el derecho a tomar decisiones libres, responsables e informadas sobre su salud y vida reproductiva y a decidir cuándo y cuántas hijas e hijos tener. Ni el artículo 45 prevalece sobre el 66, ni el 66 sobre el 45. Por lo tanto, una mujer embarazada bien puede abortar alegando que no es el momento en que desea tener el hijo o que, en sus planes no tiene el tener este hijo, bien sea porque tiene ya un determinado número de hijos o porque no tiene por qué dar cuenta a nadie de la razón por qué no lo quiere tener y, en ambos casos, una ley que es una norma de menor jerarquía que la Constitución no podrá penalizar el aborto.

El artículo 347 del Proyecto dice que será responsabilidad del Estado asegurar que todas las entidades educativas impartan una educación en ciudadanía, sexualidad y ambiente, desde el enfoque de derechos. No se habla nada de que la educación sexual deberá ser también y con mayor fuerza desde el enfoque de los deberes y no solamente de los derechos.

MOVILIDAD HUMANA

El artículo 40 del Proyecto dice que se reconoce a las personas el derecho a migrar. Este es talvez el único derecho al cual cada día el pueblo tendrá acceso más oportuno y expedito, porque no lo tocará otra cosa que migrar en un País con una economía a la deriva y una tasa de desempleo galopante.

CONCLUSIÓN

Lo señalado anteriormente nos permite concluir que todo lo que se ofrece como una solución idílica a los ecuatorianos, de quererlo hacer, bien pudo el Presidente implementarlo desde el 15 de enero del 2007.

¿Por qué no lo ha hecho? Porque no tiene los recursos financieros para hacerlo, pero bien puede servir de anzuelo para conseguir votos en el Referéndum, aunque sea a costa de la tradicional ingenuidad del pueblo.

1 de septiembre del 2008

Analisis del Proyecto de Constitucion - Dr. Patricio Peña

A continuación encontraran un análisis detallado con comentarios sobre el proyecto de nueva constitución propuesto por la Asamblea Nacional.

Los miembros del Movimiento LAICO hemos concluido la revisión de la Propuesta de Constitución aprobada el 25 de Julio.

Hemos definido 6 temas centrales de análisis como son: Libertad, Vida, Educación, Justicia, Democracia, Bien Común.

Los 444 artículos han sido analizados en forma correlativa y como se estipula en el Art. 427 donde se indica la forma de interpretar las normas Constitucionales.

PROYECTO DE NUEVA CONSTITUCION

INQUIETUDES EXEGÉTICAS Y ECUMÉNICAS

Dr. Patricio Peña R.

Quito, 31 de Julio de 2008

ALGUNAS IDEAS PRELIMINARES

• … escudamos ineficiencias en la aparente necesidad de más y más normas. La prueba está en 20 constituciones en 178 años de vida republicana (8.9 años de promedio).

• Constituciones al servicios de la ciudadanía … o constituciones al servicio del poder político!

• Se reconocen derechos preexistentes … o se desarrollan derechos … !!!

• Cuál es el vínculo entre la ciudadanía y el Estado? i) las instituciones? ii) La legalidad?

iii) Las políticas públicas?

INQUIETUDES

  1. El Estado ya no es de derecho. Es un Estado de derechos. Es decir el derecho ya no es constitutivo del Estado, la autoridad ya no está sujeta a la ley. Los derechos se desarrollan a partir de las políticas públicas (Art. 1 y Art. 11 # 8).
  2. Se confunde territorio con población: “Corresponde al Estado: … promover el desarrollo equitativo y solidario de todo el territorio …” (Art. 3 # 6).
  3. Se confunde soberanía con territorio: “El territorio del Ecuador constituye una unidad de dimensiones sociales y culturales …” (Art. 4).
  4. Contradicción: solamente las bases militares extranjeras, con propósitos militares están prohibidas (Art. 5).
  5. Al reconocerse la plurinacionalidad, se declara la coexistencia de nacionalidades (Art. 6). Ojo: La nacionalidad es uno de los elementos constitutivos del Estado.
  6. Del texto: “Son ecuatorianos por naturalización … los que contraigan matrimonio con un ecuatoriano …” hace del matrimonio vínculo obligatorio de nacionalidad. (Art. 8 # 4).
  7. Basta que un extranjero se “encuentre” en territorio nacional, para que tenga los mismos derechos que un nacional. (Art. 9).
  8. Se confunde al objeto con el sujeto de derechos: “la naturaleza será sujeto de los derechos …” (Art. 10; Art. 72).
  9. Se incorpora el principio ambiguo de la “igualdad real” “El Estado adoptará medidas de acción afirmativa que promuevan la igualdad real …” (Art. 11 # 2).
  10. Se incorpora el novedoso y peligroso principio de que todos los derechos son justiciables, sin ponderarlos, pues todos son de igual jerarquía (Art. 11 # 3).
  11. Se determina que todos los principios y derechos son irrenunciables (Art. 11 # 6). ¿En que queda la mediación, la transacción, el acuerdo ?
  12. Se modifica el principio universal de las fuentes del derecho, al excluirse a la cultura costumbre y a la convención y al incluirse en el concepto de fuente de derechos a las políticas públicas: “El contenido de los derechos se desarrollará de manera progresiva a través de las normas, la jurisprudencia y las políticas públicas …” (Art. 11 # 8).
  13. “La educación … estimulará … la cultura física” (???) (Art. 27).
  14. Los municipios ya no podrán regular el espacio público, pues se estipula el “derecho a la ciudad” de las personas. (Art. 31).
  15. Se define al trabajo como un “derecho económico” y como “base de la economía”, ya no como derecho social ni como factor de la producción. (Art. 33).
  16. No hay ilegalidad por ninguna condición migratoria (Art. 40).
  17. Se incorporan los conceptos de “no devolución” y de “reconocer a un colectivo el estatuto de refugiado”, cuando esta institución es individual. (Art. 41).
  18. El Estado no garantiza el derecho a la vida desde la concepción, sino el cuidado y protección de la vida a futuro (Art. 45). De aquí nace la teoría “abortiva” de la constitución. Más adelante se garantiza el derecho a la inviolabilidad de la vida … para negar la pena de muerte (Art. 66 # 1).
  19. En la figura de la “consulta previa” a comunidades … indígenas, para la actividad con recursos naturales, se incorpora el derecho a participar de los beneficios que se reporten y recibir indemnizaciones por perjuicios “sociales, culturales y ambientales” (Art. 57 # 7).
  20. Se establece el derecho a la “igualdad formal y a la igualdad material”. (Art. 66 # 4).
  21. Se garantiza el derecho a la propiedad con función social y ambiental. Pero el derecho “al acceso a la propiedad se hará efectivo con la adopción de políticas públicas” (Art. 66 # 26).
  22. Se confunde y equipara a las políticas públicas con los servicios públicos. Las políticas públicas constituyen garantía de derechos constitucionales (Art. 85).
  23. Se confunde el concepto de garantías al debido proceso con el concepto novedoso de garantías jurisdiccionales. (La jurisdicción no es sino la potestad de administrar justicia) (Art. 86).
  24. Se incorpora la figura de la “acción de protección”, como “canje” del recurso de amparo, contra actos u omisiones de autoridad, contra políticas públicas y contra personas particulares. (Art. 88).
  25. El recurso de “habeas corpus” sale de la competencia de los alcaldes y se radica en los jueces (cualquier juez) (Art. 89).
  26. Se crea la figura y la institución de la “acción extraordinaria de protección”, a través de la Corte Constitucional, contra cualquier sentencia o auto definitivo, en cualquier tiempo, por cualquier persona, lo cual aniquila la seguridad jurídica que debe emanar del sistema de administración de justicia. (Art. 94).
  27. Se institucionaliza el control de la participación ciudadana, convirtiéndola en imperativa, determinando el ámbito de participación lo que restringe libertades (Arts. 95, 96, 97, 98, 99, 100 y 101).
  28. Se controla el derecho a la protesta y se crea la figura del derecho a la resistencia frente a acciones u omisiones del poder público, a través del cual se puede demandar el reconocimiento de nuevos derechos, con lo cual, la Constitución no reconoce sino que crea derechos (Art. 98).
  29. El Art. 99 reconoce que la acción ciudadana se ejerza en representación de la colectividad (sin previo mandato para el efecto), lo cual contradice la norma del Art. 66 # 23 que prohíbe dirigir peticiones a nombre del pueblo.
  30. Se preconiza el abuso de la institución de la tutela legislativa, que permite que coludan organizaciones sociales con grupos parlamentarios, utilizando el silencio legislativo y la imposibilidad del veto total del Ejecutivo. Se preconiza el discrimen legislativo: “mientras se tramite una propuesta ciudadana … no podrá presentarse otra” (Art. 103).
  31. Los partidos y movimientos políticos son organizaciones públicas y requieren seleccionar a sus directivos mediante procesos electorales internos o elecciones primarias, lo que comporta ingerencia de la Contraloría y de la Función Electoral (Art. 108).
  32. Hay discrimen político, de manera retroactiva, para ser candidato a elección popular, a quienes hayan ejercido autoridad ejecutiva en gobiernos de facto (113 # 7).
  33. La Asamblea Nacional es una Función indeterminada en número (Art. 118 # 3).
  34. Para ser asambleísta se requiere dieciocho años. No hay requisito de residencia o domicilio. (Art. 119).
  35. Se vuelve a cambiar el período de inicio del ejercicio presidencial al 24 de Mayo (Art. 120 # 1).
  36. Los indultos podrán ser concedidos por la Asamblea (Art. 120 # 13) y por el Ejecutivo (Art. 147# 3). La amnistía solamente por el Legislativo.
  37. La modificación de la división político administrativa, es iniciativa exclusiva y excluyente del Ejecutivo (Art. 135).
  38. La definición y dirección de las políticas públicas (que desarrollan derechos) es atribución del Ejecutivo (Art. 147 # 3). Sin embargo la Función de Transparencia y Control Social también las formula (Art. 206 # 1).
  39. El Presidente puede disolver la Asamblea General, sin autorización previa de nadie, cuando a su juicio se obstruya la ejecución del Plan Nacional de Desarrollo, que es el eje transversal de la gestión pública (Art. 148).
  40. Se incorpora una severa limitación al derecho al trabajo de los ministros y servidores públicos de nivel jerárquico, al prohibírseles trabajar en empresas que celebren contratos con el Estado o en entidades financieras internacionales acreedoras del país, durante dos años (Art. 153).
  41. Se crean los “consejos nacionales para la igualdad” para asegurar la vigencia y ejercicio de derechos constitucionales, integrados paritariamente por representantes de la sociedad civil y por el Estado, confundiéndose al Estado con el Ejecutivo (Arts. 156 y 157)
  42. Hay una grave contradicción entre el 1ro y 2do incisos del Art. 159: las fuerzas públicas son obedientes y no deliberantes … pero la obediencia a órdenes superiores no exime de responsabilidad a quien las ejecuta.
  43. Se limita actividad económica de las Fuerzas Armadas a las relacionadas con la defensa nacional … pero no hay una transitoria que lo resuelva (Art. 162).
  44. La Policía Nacional es una institución de carácter civil … pero armada. (Art. 163).
  45. Se confunde población con soberanía: “la potestad de administrar justicia emana del pueblo” (Art. 167).
  46. La equidad deja de ser un modo de administrar justicia (Art. 172), excepto para los jueces de paz (Art. 189).
  47. La Defensoría del Pueblo y la Fiscalía General del Estado (ambos designados por el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social), son órganos autónomos de la Función Judicial (Art. 178).
  48. A pesar de que asume más tareas (jurisdicción de FF.AA. Y Policía Nacional), se reduce a 21 el número de integrantes de la CNJ (Art. 182), duran nueve años y se simplifica o reducen los requisitos para ser magistrado: ser ecuatoriano de cualquier edad, título de abogado (ya no de Dr. En Jurisprudencia) y 10 años de ejercicio profesional, judicatura o docencia (Art. 183).
  49. La Corte será competente para conocer el recurso de revisión (???) (Art. 184).
  50. Se eleva a categoría constitucional el efecto del fallo de triple reiteración, añadiendo el pronunciamiento o el silencio del pleno de la Corte para que constituya jurisprudencia obligatoria (Art. 185).
  51. Se crean juzgados de garantías penitenciarias (Art. 186).
  52. El servicio notarial, pasa a ser servicios públicos. Los aranceles pasan a ser tasas que alimentan el Presupuesto (Art. 199). Los notarios serán nombrados por el Consejo de la Judicatura. Requisitos: tres años de ejercicio profesional para ser depositario de la fe pública (Art. 200).
  53. Se crea la Función de Transparencia y Control Social (para el control de entidades y organismos del sector público, incluyendo el control de personas privadas que presten servicios de interés público sin definir cuáles son), integrado por el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, la Defensoría, la Contraloría y las Superintendencias. Duran cinco años (Arts. 204 y 205)
  54. La instancia de coordinación de las entidades de esta Función (más burocracia), formula políticas públicas. (Art. 206 # 1).
  55. Se crea el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, integrado por siete consejeros designados entre postulantes de las organizaciones sociales y de la ciudadanía (concepto al que se lo enclaustra) (Art. 207).
  56. El CPCCS, ejerce la “vendicta pública” y designa a las primeras autoridades de la Procuraduría, Superintendencias, Defensoría del Pueblo, Defensoría Pública, Fiscalía General, Contraloría General, Consejo Nacional Electoral, Tribunal Contencioso Electoral y Consejo de la Judicatura (Art. 208).
  57. La organización territorial puede resultar confusa y un caos de administración y de competencias, en donde la planificación es obligatoria (Art. 241):

1

Mancomunidades (243)

8

Comunas (248)

2

Gobierno de Regiones Autónomas (244)

9

Recintos (248)

3

Provincias (242)

10

Barrios (248)

4

Distritos Metropolitanos (247)

11

Parroquias urbanas (248)

5

Cantones (242)

12

Gobierno de Régimen Especial Glps (258)

6

Parroquias Rurales (242)

13

Circunscripción territorial especial, con las provincias amazónicas (Art. 250)

7

Comunidades indígenas (248)

14

Circunscripciones territoriales o afroecuatorianas (257)

  1. Se confunde gobierno con Estado, para centralizar (estatizar) con exclusividad las competencias sobre el registro civil, los recursos naturales, las telecomunicaciones, los puertos y aeropuertos, los recursos energéticos, minerales, hidrocarburos, agua, biodiversidad y recursos forestales (Art. 261).
  2. Si no se trata de una confusión, es pero, pues se habla de Estado central (261), lo que sugiere la existencia futura de otros estados dentro del Estado Central, pues no de otro modo se entendería la especificación.
  3. La capacidad de otorgar personería jurídica a organizaciones sociales, pasa del Ejecutivo a los gobiernos regionales autónomos (Art. 262 # 5).
  4. El uso de zonas de playa y bahía, pasa a ser de competencia de los municipios (Art. 264 #s 10 y 11).
  5. El sistema de registro de la propiedad pasa a ser administrado concurrentemente entre el Ejecutivo y las municipalidades (265).
  6. Se crea el Sistema Nacional de Competencias, de manera ambigua (269) y se prevé la intervención del estado en la gestión de un gobierno autónomo (268)
  7. En cuanto al régimen de Desarrollo, se vuelve a confundir Estado con Gobierno “el Estado planificará el Desarrollo del país para garanjtizar el ejercicio de los derechos” (275).
  8. Se incorpora la ideología del “Buen Vivir”, como un eje transversal en toda la Constitución y como ideología del régimen de desarrollo (275).
  9. El sistema económico se basa en la distribución igualitaria de los frutos del desarrollo y de los medios de producción (276 # 2).
  10. El Estado dirige, planifica y regula el desarrollo, genera y ejecuta políticas públicas y produce bienes (277).
  11. El Estado normará el uso y acceso a la tierra. Se prohíbe el latifundio y la concentración de la tierra (282).
  12. El sistema económico es social y solidario (283), eliminándose el concepto de la economía social de mercado.
  13. Se define a la estabilidad económica como el máximo nivel de producción y empleo sostenible en el tiempo (284 # 7).
  14. Todos los recursos públicos se manejarán en la banca pública (299).
  15. En materia tributaria se cambia el principio de la proporcionalidad por el de la progresividad (300).
  16. Se elimina la autonomía del Banco Central (303).
  17. Se define a las actividades financieras como servicios de orden público, pero no se define qué se entiende como tal (308) y en cada entidad habrá un defensor del cliente (312).
  18. Habrá diferentes entidades de control para entidades financieras de sectores público, privado popular y solidario (309).
  19. Se constitucionaliza la prohibición a entidades financieras para poseer empresas ajenas a la actividad y en medios de comunicación la prohibición se extiende a directores y accionistas (312).
  20. La gestión de sectores estratégicos estará a cargo de empresas públicas que serán “sociedades de derecho público” (315).
  21. El Estado autoriza el uso del agua con fines productivos (318).
  22. Como razones de expropiación se incluyen: la ejecución de planes de desarrollo social, el manejo sustentable del ambiente y el bienestar colectivo (323).
  23. Se excluye de la exclusión del concepto de remuneración a los beneficios que representan los servicios de orden social (328).
  24. El derecho de huelga ya no se somete a la Ley (326 # 14), no así el paro patronal (326 # 14) y no se establece que los tribunales de conciliación y arbitraje que resolverán conflictos laborales, estarán conformados por representantes de empleadores y trabajadores (326 # 12).
  25. Las universidades no pueden tener fines de lucro (352).
  26. Se define que el sistema de seguridad social no podrá privatizarse (367).
  27. La administración de los fondos previsionales se hará a través de una institución financiera creada por el IESS (372).
  28. Se crea el principio “indubio pro naturaleza” (395 # 4) y se invierte la carga de la prueba sobre el daño ambiental (397 # 1). La acción por daño ambiental no prescribe (396).
  29. Se crean sistemas nacionales para todo: Educación, salud, cultura, seguridad social, riesgos, gestión ambiental, etc.
  30. Se declara al Ecuador libre de cultivos y semillas transgénicas (401).
  31. Se prohíbe actividades extractivas de recursos naturales y forestales en áreas protegidas (407).
  32. “Se constitucionaliza las ciclovías”!!!! (415).
  33. Se elimina el sometimiento a arbitraje internacional (422), excepto a nivel latinoamericano pero solo para controversias entre Estados y ciudadanos.
  34. Los miembros de la Corte Constitucional no están sometidos a juicio político (431), y en su designación tiene predominio el Ejecutivo (434).
  35. ACCION EXTRAORDINARIA DE PROTECCIÓN: Grave ingerencia de la Corte Constitucional en el sistema de administración de justicia, en cualquier tiempo (lo que equivale a ejercer control político sobre la Función Judicial) y ejercitado por cualquier persona que inclusive no sea parte de un proceso (437).
  36. Se crea un serio candado constitucional, pues se limita la reforma constitucional: a lo que no altere su estructura fundamental, el carácter y elementos constitutivos del Estado, que no restrinja derechos y garantías o que no modifique el procedimiento de reforma constitucional (441).
  37. Dilación procesal: en cualquier estado de un proceso se puede consultar la constitucionalidad de una norma y se supende la tramitación de la causa (428).
  38. La Corte Constitucional interpreta la Constitución (429).
  39. Las acciones constitucionales pueden ser planteadas indiscriminadamente. Si se “judicializó” al país, ahora se lo va a “judicializar constitucionalmente” (439).
  40. Hay una afrenta a la moral pública y se la constitucionaliza (444), con el mecanismo de referéndum para aprobar constituyente y constitución.
  41. Se crea un fábrica de legislación con las Disposiciones Transitorias.

31 agosto, 2008

Fronteras abiertas y sin control

http://www.hoy.com.ec/NoticiaNue.asp?row_id=302722

OPINIÓN DE DIARIO HOY
Fronteras abiertas y sin control

El escándalo por las declaraciones de la canciller y del ministro de Gobierno respecto a que ninguno conoce cómo salió del país la guerrillera Nubia Calderón, acogida por el presidente de Nicaragua, abonan las acusaciones de compromisos del Gobierno con sectores que podrían ocasionar graves disturbios en el país.

Si a esta actitud, que al igual de lo que aconteció con las guerrilleras que antes salieron del Hospital Militar a Nicaragua en avión de Ortega sin que el fiscal se diera cuenta, se suma la reciente eliminación de visas para cualquier extranjero que llegue al país y el contenido de algunos artículos del proyecto de Constitución, como el Art. 7, en que se declara ecuatorianos a "las personas pertenecientes a comunidades o pueblos reconocidos por el Ecuador con presencia en las zonas de frontera…", estaríamos ante el peligro de convertir al Ecuador en asilo de guerrilleros.

Luego del bombardeo colombiano al campamento clandestino de las FARC en territorio del Ecuador, se han descubierto otros asentamientos de la guerrilla en zonas de frontera.

Canal 1 reprodujo nuevos videos en los que aparece Calderón en una celebración navideña con el fallecido "Raúl Reyes". La Policía y los cuerpos de investigación se mantienen silenciosos, pese a las reiteradas denuncias de las conexiones de ex asambleístas y algún ministro con la guerrilla colombiana. ¿Estará construyendo el país un camino para convertirse en refugio de indeseables a pretexto de tener las fronteras abiertas?


DEL DÓLAR AL BOLÍVAR

Me hicieron llegar esto por correo electrónico, se los hago conocer. Conociendo a Rafael Correa y sus intenciones, así como todo lo que ya ha hecho y ya sucedió, nada de esto me parece descabellado.

al final verán una citación textual del 13 de Agosto de 2008, Rafael Correa lanzó una amenaza velada:

«El proyecto de Constitución es la última oportunidad de un cambio
PACÍFICO en el Ecuador».


Los vientos presagian tormenta. Es mejor prepararse, después puede ser muy tarde.

--------------------------------------------
TARDE O TEMPRANO CORREA TUMBARÁ EL DÓLAR.
(ver al final denuncia CONCRETA llegada de Venezuela).

Mucho están hablando del cambio de la moneda y creí oportuno contarles
un breve pero muy interesante episodio de la historia de Cuba y lo que
pasó cuando Castro cambió la moneda.

El cambio de la moneda de circulación nacional en Cuba en Agosto de
1961 fue un trascendental hecho del que poco se ha hablado, en que el
régimen solamente permitió cambiar $200 pesos a cada persona por los
billetes nuevos.

En ese mes se puso en circulación una nueva moneda nacional, haciendo
nulos los billetes firmados por Felipe Pazo, quien fuera Presidente
del Banco Nacional de Cuba, y reemplazado por el Ché Guevara en
noviembre de 1959.

El día antes por la tarde al cambio de la moneda, y tomando como
patrón de ejemplo la ciudad de Aguada de Pasajeros, unidades de
milicianos recorrían el pueblo buscando a los empleados bancarios, y
cuando encontraban a uno, les decían que tenía que acompañarlos al
banco, pero que no era en calidad de preso.

A estos empleados no se les permitió en todo ese tiempo contar el
dinero, y preparar las condiciones para el cambio de moneda, hablar
con sus familiares, pues como era obvio, el régimen quería mantener en
secreto la operación.

Al día siguiente cuando se conoció la noticia del cambio de moneda en
el país, las colas en los bancos eran interminables.

Los comercios, a excepción de las farmacias, tenían que mantenerse
cerrados por los dos días que duró el cambio de moneda.

A cada ciudadano se le permitía cambiar solamente $200 pesos en
efectivo, si la persona tenía cuenta en el banco, o hacía un depósito,
el régimen avalaba hasta la cantidad de $10,000 pesos, y el resto lo
perdía.

De estos $10,000 pesos o menos, después solamente podían extraer $100
pesos mensuales.

Esta ley conllevaba una pena de varios meses hasta cinco años de
cárcel para el que no la acatara, pero como estaban las cosas en Cuba,
ésta podía ser de más años en prisión, y si el régimen así lo decidía,
hasta le añadía otros cargos para llevarlo frente al paredón.

El proceso del cambio fue tranquilo, no se reportaron protestas a
considerar en toda la nación, aunque si se rumoró que hubo algunos
suicidios de personas que no podían legalizar el exceso de los $10,000
que permitía el régimen.

SOBRE LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN EN CUBA:

Hace exactamente 40 años uno de los canales más populares y más vistos
en Cuba, llamado Programa Bomba, que se pasaba en el canal 1 por
Cuba-Satélite, fue cerrado igual que lo hizo con RCTV (en Venezuela).

El Gobierno de Fidel se quedó con las instalaciones y los equipos,
nunca se los pagó y en su lugar colocaron el nuevo canal 'Cuba es de
Todos'.

Ese es el slogan de éstos comunistas: 'Venezuela es de todos',
'Ecuador es de todos'…

Pero en realidad es sólo de 'todos' los adeptos a su comunismo.

Los cubanos tienen 40 años viendo ese canal con la misma programación
repetida en blanco y negro, ya que la TV a color es muy costosa e
«innecesaria».

Cuatro años después, luego de que quebraran dos canales más, ahogados
en impuestos, el único canal que quedaba en Cuba fue considerado por
el gobierno como usurpador e irritante social, pues era el único que
quedaba para que la población pudiera ver la realidad.

En vista de que los periodistas siguieron atacando el gobierno de
Fidel, este no esperó a concluir la concesión de 10 años, sino que
antes llamó a los militares a que volaran la antena transmisora y
desde hace 36 años el único canal libre que quedaba en Cuba, fue
eliminado por Castro.

Al día siguiente, los cubanos al prender sus televisores, se
encontraron con un canal que hoy en día se llama Tves-Cuba (igualito
sucedió en Venezuela, HASTA EL MISMO NOMBRECITO).

¡Lo único que podemos ver allí son dibujos animados fidelistas y cómo
ser un cubano ejemplar!

De esta manera Fidel implantó el socialismo en Cuba, que 20 años
después se convirtió en un comunismo cerrado, después de que canceló
los canales privados de comunicación, atacó la radio y tumbó todas las
antenas repetidoras de transmisión nacional, quedando los cubanos en
un total silencio.

Lo único que se escuchaba en Cuba era música y guarachas viejas y el
único programa radial se llamaba La Hojilla.

También compró la cadena nacional de teléfonos para tener a todos los
cubanos intervenidos y saber quién estaba a favor o en contra
(igualito como se apoderó de la CANTV, Cía. de teléfonos de
Venezuela).

Después compró la compañía nacional de electrificación cubana (ahora
los pagones están a la orden del día), para tener control eléctrico de
toda la isla y, a la hora de alguna intervención o sublevación, dejar
la isla a oscuras y controlar la situación.

También colocó un control cambiario con muchas restricciones (en
Venezuela llevamos 4 años con éste control), todo con la intención de
controlar la salida y entrada de cubanos, y llevar un registro a la
hora de un bloqueo de la cantidad de personas que no tenían papeles
para viajar que se quedarían en Cuba presos.

Para los socialistas o futuros comunistas era un simple censo diario
de su población.

Conclusión de esta parte:

Todo lo que nos afecta ahora políticamente, de manera aparentemente
soportable, y que podemos afrontar de manera libre en la actualidad,
en el comunismo que nos están construyendo y avanza lentamente, se
hará insoportable cuando ya no podamos hacer nada para siquiera
protestar.

Cuando Correa era candidato presidencial a muchos de Uds. los alerté y
nadie hizo caso, ¡todavía estamos a tiempo!


VEAN AHORA CÓMO CORREA PIENSA QUE «CUBA ES UNA DEMOCRACIA»:




AHORA LEAN LA DENUNCIA QUE NOS ACABA DE LLEGAR:
CONFIRMADO EL CAMBIO DEL DÓLAR POR EL BOLÍVAR.

Hola, mi nombre es Juan Pablo Peña y soy periodista del Canal 8 de Venezuela.

Me ha llegado un e-mail del viceministro de finanzas de mi país
Alejandro Andrade,
donde deja en claro la intención del gobierno de Ecuador de cambiar el dólar
por el Bolívar como moneda corriente.

Es importante que se difunda esta información, yo sé que mi trabajo y
hasta mi vida corren peligro, pero no puedo dejar que empobrezcan a
los ecuatorianos como lo hicieron con mi familia.

Por favor reenvíen esta información a todos los ecuatorianos que conozcan.

Esto es serio, se los dice un hermano venezolano.

Con cariño y espero que todo mejore.

Juan Pablo Peña
(0212) 234 - 95 – 81

jppena@vtv.gov.ve


De Alejandro Andrade | Andrade@mf.gov.ve ]
Enviado el: Viernes, 15 de Agosto de 2008 02:27 a.m.
Para: jppena@vtv.gov.ve
Asunto: Respuesta

Estimado Sr. Peña:

Con respecto a su pregunta, la importante rebaja de las reservas que
usted notó corresponde a la necesidad de dotar a Ecuador de la
liquidez necesaria para realizar el traspaso de moneda corriente,
desde el Dólar al Bolívar.

Esta medida, proviene de una orden directa del Sr. Presidente Hugo
Chavez en el marco del plan de expansión financiera que estamos
realizando en todo el continente.

Desde ya le aclaro que no posee el permiso para publicar esta información.

Cordialmente,
Alejandro Andrade
Vice Ministro de Gestión Financiera
Av. Urdaneta, con esquina de Carmelitas
Caracas – Venezuela 1010

Andrade@mf.gov.ve
+58-(212)-8021000


DECÁLOGO RUSO DE 1913:

CONTIENE ACCIONES TÁCTICAS PARA LA TOMA DEL PODER EN UNA SOCIEDAD.

1. Corrompa a la juventud y dele libertad sexual.

2. Infiltre y después controle todos los medios de comunicación de masas.

3. Divida a la población en grupos antagónicos, incitando las
discusiones sobre asuntos sociales.

4. Destruya la confianza del pueblo en sus líderes.

5. Hable siempre sobre Democracia y Estado de Derecho, pero, en
cuanto se presente la oportunidad, asuma el Poder sin ningún
escrúpulo.

6. Colabore con el vaciamiento de los dineros públicos; desacredite
la imagen del País, especialmente en el exterior y provoque el pánico
y el desasosiego en la población por medio de la inflación.

7. Promueva huelgas, aunque sean ilegales, en las industrias vitales del País.

8. Promueva disturbios y contribuya para que las autoridades
constituidas no las repriman.

9. Contribuya a destruir los valores morales, la honestidad y la
creencia en las promesas de los gobernantes.

Nuestros parlamentarios infiltrados en los partidos democráticos deben
acusar a los no comunistas, obligándolos, so pena de exponerlos al
ridículo, a votar solamente por lo que sea de interés de la causa
socialista.

10. Registre a todos aquellos que posean armas de fuego, para que sean
confiscadas en el momento oportuno, haciendo imposible cualquier
resistencia armada a la causa.

Emitido por: Vladimir Ilyich Ulianov (Camarada Lenin) en 1913.

VIENTOS DE GUERRA COMUNISTA EN ECUADOR:

El 13 de Agosto de 2008, Rafael Correa lanzó una amenaza velada:

«El proyecto de Constitución es la última oportunidad de un cambio
PACÍFICO en el Ecuador».